El Ayuntamiento de Motril presenta en el juzgado escrito para la suspensión cautelar de la huelga indefinida prevista para el próximo 25 de marzo

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José Manuel González/EL FARO

Citación judicial, día 25 de marzo a las 11:00 horas: Pasado el mediodía de este viernes se ha conocido que habrá juicio para este proceso en el Juzgado de lo Social nº1 de Motril

Juan Fernando Hernández informa a los medios, junto a la Palacio de Justicia, las medidas judiciales emprendidas (EL FARO)

El teniente de alcalde de Calidad Urbana de Motril, Juan Fernando Hernández, ha anunciado este viernes, en las puertas del Palacio de Justicia de la ciudad, las medidas cautelares de suspensión de la convocatoria de huelga prevista para el próximo lunes 25 de marzo por parte de los sindicatos del Ayuntamiento de Motril, al observar que existen claros defectos formales en la tramitación de la convocatoria.

Motivos

Juan Fernando Hernández ha esgrimido los errores que han observado en el proceso de convocatoria realizado por los sindicatos, por un lado, “el acta del comité de empresa y junta de personal en la que se acuerda la convocatoria de huelga, no cuenta con uno de los requisitos fundamentales del artículo 3 del Real Decreto del 77 que regula el derecho a la huelga. En el orden del día no está introducido el acuerdo expreso de convocatoria de huelga. Además, en dicha acta, intervienen 24 personas y sin embargo solo firman 21, cuando se ha esgrimido que el acuerdo se ha adoptado por unanimidad, por lo que entendemos entra en contradicción la voluntariedad de los representantes sindicales”.

El teniente de alcalde también ha subrayado que en la asamblea del pasado 1 de marzo, “los trabajadores acuerdan que la huelga sea convocada antes del inicio de la Semana Santa, extremo que tampoco han subsanado los sindicatos, porque la huelga la han convocado para el Lunes Santo, con lo cual, vuelve a entrar en contradicción la mencionada voluntariedad de los trabajadores”.

Igualmente, “no se designan los objetivos de la huelga ni el comité de huelga, con lo que encontramos varios defectos formales y procedimentales que pueden dar lugar a que se declare la convocatoria en fraude de ley o ilegal, y ello, conllevaría una serie de consecuencias negativas para todos los trabajadores que la secundaran. Incido en esto porque nosotros también representamos a una plantilla de aproximadamente 700 trabajadores y velamos porque todos los que quieran ejercer su derecho de huelga lo hagan sin que tengan consecuencias negativas”, ha matizado Hernández.

Tras no haber habido acuerdo en el SERCLA, Juan Fernando Hernández ha vuelto a pedir responsabilidad a los sindicatos, «que replanteen la convocatoria de huelga y la realicen conforme a la legalidad, cumpliendo los requisitos que le exige la normativa aplicable, porque están en juego muchos derechos de los trabajadores y no queremos ninguna consecuencia negativa para los que la secunden”.

El Ayuntamiento vuelve a recalcar que una de las condiciones imprescindibles presentadas en el proceso de externalización del servicio de limpieza es el mantenimiento de todos los puestos de trabajo y de la garantía de los derechos laborales de los trabajadores municipales. El principal encargado de Calidad Urbana ha indicado “estar en mi puesto de teniente de alcalde para gestionar y mejorar las condiciones de todos los ciudadanos” motivo por el cual, desde el Ayuntamiento, se ha “tomado esta decisión para que Motril pueda tener por fin un servicio de limpieza y
calidad”.

“Estamos preocupados porque no sabemos realmente qué es lo que quieren los trabajadores o qué es lo que quieren los sindicatos ya que encontramos nuevamente que se han esgrimido una serie de contradicciones por lo que entendemos que se deben pronunciar los Tribunales de Justicia, en específico esta sección de los Social con estas medidas cautelares que exigimos” ha aseverado Hernández.

Demanda

El responsable de Calidad Urbana también anunciaba que ha quedado interpuesta ante el SERCLA (Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales en Granada) «escrito en virtud del artículo 63 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social en relación con los artículos 153 y siguientes de la misma norma, y se interpone DEMANDA previa a la jurisdiccional, de conflicto colectivo para la declaración de huelga ilegal contra Comité de Empresa, Junta de Personal, UGT, CCOO, CSIF, SIPLG y TAL Y TAL en el Ayuntamiento de Motril», tras las últimas reuniones y ante la falta de acuerdo entre ambas partes.

Reunión crispada

El teniente de alcalde de Calidad Urbana, Juan Fernando Hernández, ha recordado que al termino de la reunión de ayer jueves en una mesa de diálogo con el Comité de Huelga para «intentar lograr un acuerdo para que la desconvocaran, y la misma terminaba la peor de las maneras. La reunión concluía con un asesor sindical dándome voces diciendo en varias ocasiones ‘Tú no tienes vergüenza‘. El tono fue muy elevado y sufrí una subida de tensión al poco rato».

El responsable del área de Calidad Urbana ha vuelto a reiterar que sigue abierto al diálogo y al acercamiento «pero exijo unas disculpas públicas y por escrito para reanudar las conversaciones, creo que los políticos no podemos tolerar faltas de respeto por discrepar en la manera de gestionar y eso porque no todo vale en política, porque no tolero los insultos y, a día de hoy, todavía no he recibido disculpa alguna».

Admitida a trámite la petición de medida cautelar de suspensión de huelga: Citación judicial día 25 de marzo a las 11:00 horas

Pasado el mediodía de este viernes se ha conocido que ya hay citación judicial para este proceso en el Juzgado de lo Social nº1 de Motril.

El juzgado ha comunicado que «Dada cuenta, vista la medida cautelar solicitada con fecha 21/03/24 por el AYUNTAMIENTO DE MOTRIL, que ha tenido entrada en esta Oficina judicial el 22/03/24, en el que solicita la adopción de medida cautelar consistente en la SUSPENSIÓN DE HUELGA INDEFINIDA del personal del Ayuntamiento de Motril, acuerdo: Convocar a las partes y al Ministerio Fiscal a la vista prevista en el art. 734 de la LEC, en la que solo se admitirán alegaciones y pruebas sobre la justificación y proporcionalidad de las medidas, en relación con el derecho fundamental y el riesgo para la efectividad de la resolución que deba recaer, debiendo aportar la parte solicitante el necesario principio de prueba al respecto, y para ello se cita a las partes y al Ministerio Fiscal a una comparecencia ante S. S. señalada para el día 25 de Marzo de 2024 a las 11.00h, sirviendo la notificación de la presente resolución de citación en forma a las partes y al Ministerio Fiscal».

🎥Declaraciones Juan Fernando Hernández

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