La Junta convoca ayudas por más de 2,5M€ para diversificar y ampliar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía

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EL FARO

Los interesados contarán con una plazo de 15 días hábiles a partir de su publicación en BOJA para presentar sus solicitudes

Fernando Egea, delegado de Cultura en Granada (EL FARO)

La Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, a través de la Agencia Andaluz de Instituciones Culturales, ha convocado para 2023, y así lo publica hoy el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 44, las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dotada de más de 2,5 millones euros, para ampliar y diversificar la oferta cultura en áreas no urbanas de Andalucía, a través de proyectos y actividades culturales.

Estas ayudas forman parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea a través del fondo Next Generation EU, acordado por el Consejo Europeo el 21 de julio de 2020, que ayudará a los Estados miembros a hacer frente a los efectos económicos y sociales de la pandemia de COVID-19.

La cuantía asciende a 2.524.410,86 euros, la cuantía máxima de la subvención será la de 50.000 euros y el importe de la subvención que se conceda no podrá superar el 80% del presupuesto aceptado del proyecto. El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, iniciándose su cómputo el primer día hábil siguiente al de la publicación en el BOJA.

Concretamente, el objetivo se centra en la financiación de proyectos y actividades cuya finalidad sea la de impulsar la cultura en áreas no urbanas, ampliando la oferta cultural en el medio rural de Andalucía, es decir “el espacio geográfico formado por la agregación de municipios o entidades locales menores definido por las administraciones competentes, que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por Km2”. En ausencia de definición, este espacio quedará delimitado por el término municipal siempre que se cumpla con los requisitos expuestos. En cualquier caso, se dará un tratamiento prioritario a aquellos proyectos y actividades que se desarrollen en municipios o localidades de menos de 5.000 habitantes y que estén integrados en el Medio Rural, según la definición anterior establecida en la Ley 45/2007.

En cuanto a los proyectos y actividades culturales subvencionables están los eventos o espectáculos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otras actividades culturales de diferentes ámbitos: artes visuales, artes escénicas, diseño y artesanía,…; aquellas iniciativas que favorezcan la experimentación, la investigación y la innovación cultural y tengan una concreción práctica en el territorio; o actividades de educación y mediación artística y cultural, incluyendo proyectos que utilicen las TICs para la creación de herramientas de mediación y educación relacionadas con el territorio; y patrimonio inmaterial, en conexión con la cultura y las prácticas contemporáneas.

Los beneficiarios de esta convocatoria serán personas físicas y jurídicas privadas legalmente constituidas, con y sin ánimo de lucro; los municipios, a través de sus ayuntamientos o de mancomunidades; las entidades que conforman su sector público institucional, ya sean organismos públicos o entidades de derecho público o privado, y las Entidades Locales Autónomas. Además, deberán ejecutar el proyecto subvencionado dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de noviembre de 2023.

Las entidades públicas correspondientes deberán cumplimentar la información requerida en la denominada CoFFEE-MRR (Plataforma Común de FFFEE -Fondos Europeos-, módulo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia), https://www.fondoseuropeos.hacienda.gob.es/sitios/dgpmrr/es-es/Paginas/CoFFEE.aspx, en la que se podrán obtener también distintos manuales sobre su uso, así como cumplir y/o adoptar todas las medidas de información y publicidad así como las obligaciones que aparecen recogidas tanto en la letra a) como en la letra b) del apartado 23 del cuadro resumen de la Orden de 27 de diciembre de 2022 (BOJA núm. 8, de 13 de enero de 2023), reguladora de las bases de la presente convocatoria.

El formulario de solicitud (Anexo I), así como el formulario para presentar alegaciones, documentación y efectuar reformulación (Anexo II), a los que se refiere la Orden de 27 de diciembre de 2022 (BOJA núm. 8, de 13 de enero de 2023), los cuales se publican conjuntamente con la Resolución de Convocatoria, se podrán obtener además en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25214.html, así como en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en la dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/

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