EL FARO

La Seguridad Social ha tramitado 7.337 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en los primeros nueve meses de 2026 en la provincia de Granada, lo que supone un incremento de 4,18% respecto al mismo periodo del año pasado. Del conjunto, 3.396 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 3.941, al segundo progenitor, normalmente el padre.
El gasto en la prestación por nacimiento y cuidado de menor entre enero y septiembre de este año fue de 58,68 millones de euros. En el mismo periodo de 2025, esta cifra se situó en 46,57 millones de euros, lo que supone un incremento del 26%.
19 semanas de permiso de nacimiento
Con el objetivo de mejorar la protección para progenitores y menores y el derecho a la conciliación familiar y laboral, en julio de 2025 se aprobó la ampliación en tres semanas del permiso de nacimiento y cuidado de menor, que pasó de 16 a 19 semanas y, en el caso de las familias monoparentales, a 32 semanas.
En concreto, 17 semanas, de igual duración e intransferibles entre ambos progenitores, y 28, en el supuesto de familias monoparentales, podrán disfrutarse durante los primeros 12 meses del bebé, o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar, en el primer año, a partir de la resolución judicial o administrativa; en periodos semanales o de forma acumulada.
Además, las familias podrán disfrutar de dos semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad. A ello se podrán acoger retroactivamente las familias cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Este derecho podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.
La cuantía de estas prestaciones es equivalente al 100% de la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo de inicio del descanso.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social, encargado del abono de la prestación, ofrece la posibilidad de solicitarla a través del portal Tu Seguridad
Social (https://sede.seg-social.gob.es/) y en https://prestaciones.seg-social.es.
También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo.
Excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar
Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta en estos nueve meses del año en la provincia fue de 616, de las que 510 correspondieron a mujeres, el 82,79%, y 106 a hombres, lo que equivale al 17,2%.
En este periodo, se han registrado 75 excedencias más, un 13,86% superior que en el mismo periodo del ejercicio 2025.
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.
Más información estadística en la web de la Seguridad Social:



